RJL: 71 detenciones arbitrarias fueron realizadas en el primer semestre de 2021 en los Llanos

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La Red Justicia y Libertad denunció en una campaña por las plataformas digitales  71  detenciones arbitrarias que fueron realizadas en los Llanos venezolanos por parte de funcionarios de los organismos de seguridad del Estado, violando el  derecho a Libertad Personal e impidiendo a los detenidos gozar de sus derechos y garantías constitucionales.


 Cumpliendo con uno de los  objetivos de la Red Justicia y Libertad una iniciativa de la Fundación de Derechos Humanos de los Llanos (Fundehullan), es aumentar la visibilidad de las vulneraciones a los derechos humanos en la región de los llanos.  En tal sentido el pasado 20 de octubre está organización realizó una campaña de incidencia para visibilizar los atropellos cometido por parte de los representantes de los organismos de seguridad.


De acuerdo al proceso de documentación llevado a cabo por la  Red Justicia y Libertad este arrojó como resultado por detenciones arbitrarias   8 % activistas , 19% dirigentes políticos 24% defensores y 49% de la sociedad civil. Los estados con mayores casos son 

Apure 50%, Guárico 36%, Barinas 9%, Portuguesa 4%, Cojedes 1%.-


En esta campaña de incidencia se mostraron los casos  más relevantes del primer semestre,  cómo  la detención arbitraria Dr. Ernesto Ramírez, de 35 años, el 23 de Febrero del 2021, en horas de la mañana por parte del DIEP de PoliGuárico, cuando salía de su residencia en el casco central de San Juan de los Morros, estado Guárico, así como; la detención arbitraria de 20 ciudadanos en la población de Tucupido #Guárico, por una comisión mixta de funcionarios de seguridad del Estado, debido a que se encontraban adquiriendo productos de primera necesidad.


Es importante recordar que la Declaración Universal de los DDHH señala en su artículo 9; la “Protección ante una detención arbitraria”, lo que significa que, nadie puede arrestarte o detenerte arbitrariamente ni desterrarte de tu país de manera injusta, de igual forma   el artículo 44 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, establece que; la libertad personal es inviolable. Ninguna persona puede ser arrestada o detenida sino bajo una orden judicial y en las detenciones efectuadas no se cumplió ni garantizó a los ciudadanos su garantías legales y constitucionales.


Finalmente, a través de estas campañas de incidencias por medio de las redes sociales se presentó las posibles acciones ante una detención arbitraria;  mantener la calma y no resistirse al arresto ni confrontar a la policía, identificar quienes realizan la detención y solicitar que su identificación. Todo ciudadano tiene derecho a una  llamada y el funcionario debe presentar una orden judicial.



Desde la Red Justicia y Libertad y Fundehullan continua el compromiso en los procesos de documentación, denuncia y divulgación para llevar los registros de los actos violatorios en derechos humanos en la región de los Llanos y ahora en la zona andina.

  


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