Robert Molina: "Alcaldía de Barinas no tiene competencia sobre espacio radioeléctrico"
@elprimerreporteconlilianav
(Regionales #𝐧𝐨𝐭𝐢𝐦𝐚𝐱𝐩𝐥𝐮𝐬).
A propósito de la acción de amparo constitucional ejercida por cinco vecinos de la urbanización 'Prados de Barinas', por la instalación y funcionamiento de una antena repetidora de telecomunicaciones de la empresa Digitel, el abogado y consultor jurídico de la alcaldía de Barinas Robert Molina Burgos, expresó a través de un vídeo publicado en redes sociales: "Queremos aclarar ante la opinión pública que el municipio no tiene competencia al respecto, ya que de manera exclusiva quien ejerce la competencia sobre el espacio radioeléctrico conforme a la Ley, es la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), y en el presente caso, esta institución fue quien autorizó dicha instalación y funcionamiento, quedando a manos de la dirección de ingeniería municipal la verificación del cumplimiento de las variables urbanas y técnicas en cuanto a la construcción de dicha infraestructura, y al tratarse de un servicio público como es el de las telecomunicaciones, no impide la instalación de estas antenas en zonas residenciales, como se ve a lo largo y ancho de toda Venezuela".
La posible declaratoria con lugar de dicha acción de amparo obligaría a la empresa Digitel al desmontaje de la antena repetidora y crearía un precedente a nivel nacional que obligaría a todas las empresas de Telecomunicaciones al desmontaje de todas las estaciones radiobases del pais, ya que los accionantes alegan que las mismas generan efectos toxicológicos y enfermedades graves con profundo impacto ambiental por la emisión de radiofrecuencia herzianas.
Sobre este particular el profesional del derecho señaló: "Desde la consultoría jurídica de la alcaldía bolivariana del municipio Barinas, estaremos siempre prestos a cumplir con las Leyes y las ordenanzas pero sobre todo al respeto de las competencias de los diferentes órganos que ejercen la administración pública en todos sus niveles de gobierno como lo consagra el artículo 136 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela".